{"id":2543,"date":"2024-10-20T17:02:17","date_gmt":"2024-10-20T21:02:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/?p=2543"},"modified":"2024-10-20T17:02:17","modified_gmt":"2024-10-20T21:02:17","slug":"que-derechos-economicos-tienen-los-trabajadores-en-caso-de-renunciar-o-de-ser-despedidos-en-colombia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/2024\/10\/20\/que-derechos-economicos-tienen-los-trabajadores-en-caso-de-renunciar-o-de-ser-despedidos-en-colombia\/","title":{"rendered":"Qu\u00e9 derechos\u00a0econ\u00f3micos tienen\u00a0los trabajadores en caso de renunciar o de ser despedidos en Colombia."},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/pexels-captain-389236723-289501931-1-scaled.jpg\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"684\" height=\"1024\" src=\"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/pexels-captain-389236723-289501931-1-684x1024.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-2544\" srcset=\"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/pexels-captain-389236723-289501931-1-684x1024.jpg 684w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/pexels-captain-389236723-289501931-1-200x300.jpg 200w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/pexels-captain-389236723-289501931-1-768x1150.jpg 768w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/pexels-captain-389236723-289501931-1-1026x1536.jpg 1026w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/pexels-captain-389236723-289501931-1-1368x2048.jpg 1368w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/pexels-captain-389236723-289501931-1-600x898.jpg 600w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/pexels-captain-389236723-289501931-1-scaled.jpg 1710w\" sizes=\"(max-width: 684px) 100vw, 684px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>En el mundo laboral es conocido que en caso de que un trabajador sea despedido sin justa causa, por ejemplo, la ley lo cobija para que reciba la debida indemnizaci\u00f3n,&nbsp;<strong>pero en algunos casos donde el empleado renuncia tambi\u00e9n se deben considerar ciertos pagos<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>En primer lugar, es fundamental tener claro que independientemente de la causa que haya motivado la terminaci\u00f3n del contrato de trabajo, el trabajador, por ley, tendr\u00e1 derecho a que se le entregue&nbsp;<strong>la orden para la pr\u00e1ctica de examen m\u00e9dico de egreso; el soporte de pago de aportes a seguridad social efectuados a su favor durante los \u00faltimos tres meses en que estuvo vigente la relaci\u00f3n laboral; certificaci\u00f3n laboral en la que conste tiempo de servicio, \u00edndole de la labor y salario devengado; y al pago de la liquidaci\u00f3n final de salarios y prestaciones sociales<\/strong>, \u201caclarando completamente que si la desvinculaci\u00f3n obedece a una terminaci\u00f3n de contrato sin justa causa, adicional a la liquidaci\u00f3n, el trabajador tiene derecho al pago de la indemnizaci\u00f3n contemplada en el art\u00edculo 64 del C\u00f3digo Sustantivo del Trabajo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de renuncia voluntaria o terminaci\u00f3n de contrato por justa causa, \u201c<strong>se deber\u00e1 pagar la liquidaci\u00f3n final de salarios y prestaciones sociales y si la relaci\u00f3n finaliza sin justa causa por parte del empleador<\/strong>, se adicionar\u00e1 a la liquidaci\u00f3n el valor de la indemnizaci\u00f3n calculado conforme al art\u00edculo 64 del C\u00f3digo Sustantivo del Trabajo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Este pago corresponde al tiempo trabajado. En t\u00e9rminos legales, la obligaci\u00f3n de entregar el soporte de aportes a seguridad social, y de pago de la liquidaci\u00f3n final de salarios y presentaciones sociales, se encuentra fundamento en el art\u00edculo 65 del C\u00f3digo Sustantivo del Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Los factores que intervienen en el monto de la liquidaci\u00f3n tambi\u00e9n son un aspecto a considerar.&nbsp;<strong>El salario es el primero, pues se deber\u00e1 calcular la tasa seg\u00fan los d\u00edas que haya laborado antes de renunciar<\/strong>, contando adicionales como recargos nocturnos, horas extras, dominicales, bonificaciones, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Las vacaciones no tomadas o pendientes tambi\u00e9n se ver\u00e1n como retribuci\u00f3n econ\u00f3mica al trabajador. Para conocer el valor,<strong>&nbsp;se debe hacer el mismo c\u00e1lculo que en el caso anterior, pero se deber\u00e1 dividir en 720. Por \u00faltimo, los aportes parafiscales deben ser igualmente considerados<\/strong>. Estos, adem\u00e1s, se relacionan con los aportes de salud, pensi\u00f3n y caja de compensaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>En caso de despido<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En esta situaci\u00f3n se debe aclarar que este puede ser con justa o sin justa causa. Si es con justa causa, en principio el trabajador&nbsp;<strong>no tiene derecho al pago de una indemnizaci\u00f3n por el rompimiento del v\u00ednculo, sin embargo tiene derecho al pago de sus acreencias laborales que se adeuden a la fecha en que termine el contrato<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, si el despido es sin justa causa, la ley en el art\u00edculo 64 del CST determina el pago de una indemnizaci\u00f3n que est\u00e1 tarifada en la legislaci\u00f3n. Esto&nbsp;depender\u00e1 del tipo de contrato.&nbsp;<strong>Si el contrato es indefinido existe una tabla que est\u00e1 determinada por el monto del salario<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Si la persona se gana menos de diez salarios m\u00ednimos,&nbsp;<strong>tiene derecho a que por el primer a\u00f1o se le paguen 30 d\u00edas de salario y por los a\u00f1os subsiguientes se le paguen 20 d\u00edas adicionales<\/strong>; y si gana diez o m\u00e1s salarios m\u00ednimos, tiene derecho a que por el primer a\u00f1o se le paguen 20 d\u00edas y por cada a\u00f1o subsiguiente 15 d\u00edas adicionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el caso de los contratos a t\u00e9rmino fijo y a t\u00e9rmino de la duraci\u00f3n de la obra o labor contratada,&nbsp;<strong>ser\u00e1 una suma equivalente a los salarios que hubiera devengado el trabajador hasta que termine, ya sea el t\u00e9rmino pactado o la labor contratada<\/strong>. Y en el caso de los contratos pactados, ser\u00eda a la duraci\u00f3n de la obra o labor contratada.<\/p>\n\n\n\n<p>Para un justo despido, el empleador debe entregar una citaci\u00f3n al trabajador en la que se ponga en conocimiento las razones del llamado a descargos y las pruebas pertinentes. Posteriormente se deber\u00e1 dar un tiempo prudencial para el an\u00e1lisis de las pruebas con el fin de que ejerza su derecho a la defensa; y despu\u00e9s deber\u00e1 garantizarse el derecho a ser escuchado para aportar una versi\u00f3n de los hechos y configurar el perjuicio a la empresa y la gravedad de la conducta.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el mundo laboral es conocido que en caso de que un trabajador sea despedido sin justa causa, por ejemplo, la ley lo cobija para que reciba la debida indemnizaci\u00f3n,&nbsp;pero en algunos casos donde el empleado renuncia tambi\u00e9n se deben considerar ciertos pagos. 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