{"id":2644,"date":"2024-12-15T16:56:55","date_gmt":"2024-12-15T20:56:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/?p=2644"},"modified":"2024-12-15T16:56:55","modified_gmt":"2024-12-15T20:56:55","slug":"rifas-procedimiento-para-promociones-y-sorteos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/2024\/12\/15\/rifas-procedimiento-para-promociones-y-sorteos\/","title":{"rendered":"Rifas, procedimiento para promociones y sorteos."},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/rifas-scaled.jpg\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/rifas-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-2645\" srcset=\"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/rifas-1024x683.jpg 1024w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/rifas-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/rifas-768x512.jpg 768w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/rifas-1536x1024.jpg 1536w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/rifas-2048x1365.jpg 2048w, https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/rifas-600x400.jpg 600w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Ante la creciente cantidad de \u00abemprendedores\u00bb dedicados a la actividad de Rifas, \u00ablegales o no\u00bb creemos necesario dar a conocer las siguientes normas.<\/p>\n\n\n\n<p>Mediante Resoluci\u00f3n N\u00ba 004\/2014 publicada en la Gaceta Oficial N\u00ba 40.397 del 23 de abril de 2014, La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioecon\u00f3micos (SUNDDE) estableci\u00f3 el procedimiento para autorizar las promociones solicitadas ante esta Superintendencia. El contenido de la referida Resoluci\u00f3n es el siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abCap\u00edtulo I. Disposiciones Generales<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 1. Objeto: La presente providencia administrativa tiene por objeto establecer los requisitos, controles y tr\u00e1mites necesarios para autorizar las promociones y ofertas de bienes, productos y servicios, incluyendo cualquier m\u00e9todo utilizado y asociado a \u00e9stas, efectuadas por los sujetos de aplicaci\u00f3n del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org\u00e1nica de Precios Justos, a los fines de evitar la publicidad o propaganda subliminal, falsa o enga\u00f1osa que induzca al consumismo, los m\u00e9todos coercitivos que distorsionen la conciencia y las pr\u00e1cticas o cl\u00e1usulas impuestas por proveedoras o proveedores de bienes y servicios que contrar\u00eden los derechos de las personas.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 2. \u00c1mbito de Aplicaci\u00f3n: Quedan sujetos a la aplicaci\u00f3n del procedimiento establecido en la presente providencia administrativa las personas naturales y jur\u00eddicas de derecho p\u00fablico o privado, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades econ\u00f3micas en el territorio de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela, as\u00ed como aquellas que fungen como intermediarios de \u00e9stas para la realizaci\u00f3n exclusiva de la publicidad u oferta.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 3. Presentaci\u00f3n de Recaudos: Los recaudos requeridos tanto en su original como en sus copias, deber\u00e1n ser presentados por el sujeto de aplicaci\u00f3n, ante la Intendencia de Protecci\u00f3n de los Derechos Socio Econ\u00f3micos, debidamente identificados, legibles y organizados en el orden establecido en esta Providencia y en la normativa dictada a tales efectos.<\/p>\n\n\n\n<p>La presentaci\u00f3n de los originales se realizar\u00e1 a los fines de cotejar los mismos con las copias suministradas, una vez que el servidor p\u00fablico autorizado realice dicho cotejo, devolver\u00e1 al sujeto de aplicaci\u00f3n los originales respectivos y conservar\u00e1 las copias debidamente firmadas y selladas, a los fines de dejar constancia expresa de la verificaci\u00f3n efectuada. El servidor p\u00fablico autorizado deber\u00e1 verificar la consignaci\u00f3n, por parte del sujeto de aplicaci\u00f3n, de todos los recaudos exigidos en la presente Providencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 4. Solicitud de Informaci\u00f3n: La Intendencia de Protecci\u00f3n de los Derechos Socio Econ\u00f3micos, podr\u00e1 requerir la informaci\u00f3n o recaudos que considere pertinentes, en documentos originales, copias fotost\u00e1ticas o por v\u00eda electr\u00f3nica.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 5. De la solicitud de autorizaci\u00f3n de promociones: Toda solicitud de autorizaci\u00f3n de promociones deber\u00e1 dirigirse a la Intendencia de Protecci\u00f3n de los Derechos Socio Econ\u00f3micos, indicando nombre de la promoci\u00f3n expresado en idioma oficial; la mec\u00e1nica de la promoci\u00f3n con la descripci\u00f3n detallada de la actividad a realizarse, expresar la cantidad de bienes, productos o servicios que se ofrezcan, la fecha de inicio y t\u00e9rmino, bases, condiciones y restricciones que aplican en la promoci\u00f3n y oferta, firmada por el responsable y debidamente sellada.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 6. De los requisitos que acompa\u00f1an la solicitud: Las solicitudes de autorizaci\u00f3n de promociones a las que se refiere el art\u00edculo anterior, deber\u00e1n ser foliadas en n\u00famero y letras, adem\u00e1s de incluir la documentaci\u00f3n que a continuaci\u00f3n se indica:<\/p>\n\n\n\n<p>1. Declaraci\u00f3n Jurada de cumplimiento de las condiciones de la promoci\u00f3n u oferta, descuento o porcentaje a aplicar, precio final y suma total de la mercanc\u00eda a ofrecer durante el per\u00edodo de la promoci\u00f3n. Aquellos expedientes que tengan inventarios de productos muy extensos, mayor igual a 50 p\u00e1ginas, deber\u00e1n ser consignados en formato digital (CD) bajo el formato de documento port\u00e1til (PDF), igualmente con sus Precios de Venta al P\u00fablico (P.V.P) cantidades disponibles, suma total y precio de oferta si fuese el caso Se debe anexar la declaraci\u00f3n jurada por sucursal (en caso que aplique).<br>2. Registro de Informaci\u00f3n Fiscal (RIF).<br>3. Material Publicitario a utilizar en la promoci\u00f3n u oferta.<br>4. Inventario de mercanc\u00eda (en los casos que se requiera).<br>5. Carta Compromiso entre las empresas participantes. La misma deber\u00e1 estar firmada y sellada por los representantes de dichas empresas y se deber\u00e1 consignar copia del RIF actualizado de cada una de ellas, (en los casos que se requiera).<br>6. Factura de compra de los obsequios o premios a entregar, as\u00ed como de los productos objeto de promoci\u00f3n u oferta. En caso que se trate de productos u obsequios adquiridos en moneda extranjera, deber\u00e1 consignar factura nacionalizada.<br>7. \u00daltima Declaraci\u00f3n de Impuesto sobre la Renta.<br>8. Registro Mercantil con indicaci\u00f3n del capital actualizado y \u00faltima acta de asamblea.<br>9. Convenio suscrito entre la persona natural o jur\u00eddica que funja como intermediario de publicidad u oferta, y la empresa expendedora de los bienes o prestador de un (Sic) servicios afiliados. (Solo en caso que aplique).<\/p>\n\n\n\n<p>Adicionalmente, toda solicitud de autorizaci\u00f3n de promociones efectuada a nombre de terceros deber\u00e1 ser acompa\u00f1ada de copia de poder notariado o carta poder para tal fin. En caso contrario, cada sujeto de aplicaci\u00f3n ser\u00e1 responsable de hacer los tr\u00e1mites o la gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 7. Requisitos especiales: Las empresas que prestan servicios tur\u00edsticos de alojamiento (hoteles, moteles, posadas, entre otros) deben anexar copia de la notificaci\u00f3n de tarifas, sellada por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo.<\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas que promocionan productos adelgazantes, reductores, para la eliminaci\u00f3n de celulitis, entre otros, deben anexar el documento del estudio previo que compruebe la efectividad e inocuidad de los mismos.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 8. Cantidad de solicitudes de autorizaci\u00f3n de promociones: Los expedientes consignados deben contener s\u00f3lo una solicitud de autorizaci\u00f3n correspondiente \u00fanicamente a una actividad a realizar por la empresa. Cada promoci\u00f3n deber\u00e1 realizarse por separado con su respectivo expediente.<\/p>\n\n\n\n<p>Para cada solicitud de autorizaci\u00f3n de promoci\u00f3n, el sujeto de aplicaci\u00f3n debe preparar una (1) carpeta con los documentos requeridos, y recibir\u00e1 un comprobante de recepci\u00f3n de documentos debidamente suscrito por el servidor p\u00fablico respectivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 9. Plazo para consignar las solicitudes de autorizaci\u00f3n de promociones: Los sujetos de aplicaci\u00f3n del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org\u00e1nica de Precios Justos, deber\u00e1n consignar las solicitudes de autorizaci\u00f3n de promociones de bienes y servicios en un lapso no menor de diez (10) d\u00edas antes de la fecha de inicio de la promoci\u00f3n. En caso de ser negada, el interesado podr\u00e1 realizar nuevamente la solicitud corrigiendo los errores cometidos y respetando de nuevo los mismos lapsos establecidos.<\/p>\n\n\n\n<p>No se otorgan pr\u00f3rrogas ni extensiones de promociones Se deber\u00e1 gestionar nuevamente la solicitud y consignar los documentos respectivos.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 10. Vigencia de las promociones autorizadas: Las promociones no podr\u00e1n exceder en ning\u00fan caso, los tres (3) meses continuos, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia, se\u00f1alada en la solicitud de autorizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 11. Ubicaci\u00f3n preferencial de los productos en promoci\u00f3n: Cuando se hagan ofertas o promociones de productos a precios de venta al p\u00fablico que sean inferiores a los marcados o anunciados en las listas correspondientes, ser\u00e1n exhibidos con preferencia a sus semejantes de mayor precio.<\/p>\n\n\n\n<p>La venta de las existencias de bienes cuyos precios hayan sido aumentados deber\u00e1 ser exhibida con preferencia de los que est\u00e9n en oferta.<\/p>\n\n\n\n<p>Quien incumpla lo dispuesto en este art\u00edculo ser\u00e1 sancionado conforme a lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org\u00e1nica de Precios Justos.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 12. Promociones en puerto libre: De realizarse promociones en zonas de puerto libre, la solicitud deber\u00e1 presentarse por separado de las dem\u00e1s sucursales y anexar el inventario de los producto objeto de promoci\u00f3n con los precios de venta final exentos del Impuesto al Valor agregado.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 13. De la solicitud de autorizaci\u00f3n de las promociones y su aprobaci\u00f3n: La Intendencia de Protecci\u00f3n de los Derechos Socio Econ\u00f3micos, emitir\u00e1 respuesta a la solicitud de autorizaci\u00f3n de promoci\u00f3n aprob\u00e1ndola o neg\u00e1ndola en un lapso m\u00e1ximo de cinco (05) d\u00edas h\u00e1biles a partir de la fecha de recepci\u00f3n de la solicitud, la cual deber\u00e1 ser retirada por el sujeto de aplicaci\u00f3n en la sede de la instituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez emitido el oficio de aprobaci\u00f3n de una promoci\u00f3n por parte de la Intendencia de Protecci\u00f3n de los Derechos Socio Econ\u00f3micos, el sujeto de aplicaci\u00f3n no podr\u00e1 realizar modificaci\u00f3n alguna a los precios de los bienes y\/o servicios que participan en la misma.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 14. De la negativa a las solicitudes de autorizaci\u00f3n de promociones y ofertas: Contra la negativa de autorizaci\u00f3n de promociones y ofertas, el sujeto de aplicaci\u00f3n afectado podr\u00e1 intentar los recursos administrativos previstos en el ordenamiento jur\u00eddico vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>Aquellas solicitudes de autorizaci\u00f3n de promociones que contrar\u00eden el orden p\u00fablico, las buenas costumbres y dem\u00e1s principios contemplados en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org\u00e1nica de Precios Justos, ser\u00e1n objeto de negativa de pleno derecho por parte de la Intendencia de Protecci\u00f3n de los Derechos Socio Econ\u00f3micos.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 15. Casos en los cuales no es necesaria autorizaci\u00f3n: No ser\u00e1 necesaria la autorizaci\u00f3n por parte de la Intendencia de Protecci\u00f3n de los Derechos Socio Econ\u00f3micos en los siguientes casos:<\/p>\n\n\n\n<p>1. Impulso de un producto (de existir ofertas, deber\u00e1 solicitar la autorizaci\u00f3n respectiva).<br>2. Degustaciones (los supermercados o centro comerciales deber\u00e1n solicitar los permisos ante el Ministerio del Poder Popular para la Salud y otros organismos correspondientes).<br>3. Muestras gratis.<br>4. Publicidad simple de bienes y\/o servicios<\/p>\n\n\n\n<p>Cap\u00edtulo II. De los Requisitos Espec\u00edficos para la Autorizaci\u00f3n de Promociones<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 16. Del material publicitario: Se entiende por material publicitario, toda forma o medio con el cual se dar\u00e1 a conocer la promoci\u00f3n; cu\u00f1a a trav\u00e9s de emisoras de radio o televisi\u00f3n, folleto, volante, pend\u00f3n, vitrina, publicidad en prensa., carteles, vale, cup\u00f3n, ticket o similares. Se deber\u00e1 anexar el arte final, gui\u00f3n de radio, storyboard o cualquier medio de difusi\u00f3n de la promoci\u00f3n, las siguientes especificaciones:<\/p>\n\n\n\n<p>1. Nombre de la promoci\u00f3n u oferta.<br>2. Mec\u00e1nica de la promoci\u00f3n u oferta. En caso de ser muy extensa, deber\u00e1 explicarse en la nota legal del material publicitario de manera visible y legible.<br>3. Fecha de inicio y t\u00e9rmino de la promoci\u00f3n u oferta.<br>4. Precio actual, precio de oferta (si fuera el caso) y cantidades disponibles de la mercanc\u00eda o servicios a ofrecer.<br>5. Leyenda: \u00abPromoci\u00f3n autorizada por la SUNDDE\u00bb.<br>6. Toda la informaci\u00f3n presente en el material publicitario debe estar perfectamente visible y legible.<br>7. Debe anexar en el material publicitario, la imagen de la mercanc\u00eda y\/o productos a promocional u ofertar. En ning\u00fan caso se aceptar\u00e1n im\u00e1genes referenciales de productos con caracter\u00edsticas diferentes de la mercanc\u00eda a promocionar u ofertar.<\/p>\n\n\n\n<p>Todo material publicitario debe venir sellado (sello h\u00famedo) por la empresa y firmado por el representante legal de la misma. Se debe anexar el material publicitario por sucursal.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 17. Material publicitario no aceptado: No se aceptar\u00e1 en el material publicitario leyendas como: \u00abLa empresa no se hace responsable por errores de imprenta\u00bb, \u00abprecios sujetos a cambio sin previo aviso\u00bb, \u00abmientras m\u00e1s veces lo intentes, m\u00e1s oportunidades tienes de ganar\u00bb, o cualquier otra condici\u00f3n que menoscabe los derechos de las personas que participen en la actividad. As\u00ed como aquellos con enmendaduras o tachaduras. Cap\u00edtulo III<\/p>\n\n\n\n<p>De los Requisitos Espec\u00edficos para la Autorizaci\u00f3n de Promociones que incluyan Sorteos, Rifas y Concursos<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 18. De los requisitos espec\u00edficos de las solicitudes:&nbsp; Adem\u00e1s de los requisitos establecidos en el art\u00edculo 6 de la presente providencia administrativa ser\u00e1n de consignaci\u00f3n obligatoria los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>1. Caracter\u00edsticas del sorteo, rifa y\/o concurso.<br>2. Premios u obsequios que ser\u00e1n entregados. Se deber\u00e1 presentar factura de los mismos. En el caso de viajes se deber\u00e1 consignar el presupuesto con los beneficios del mismo, debidamente firmado y sellado por la empresa responsable.<br>3. Medios por los cuales se notificar\u00e1 al(los) ganador(es), siempre utilizando la v\u00eda telef\u00f3nica como primera opci\u00f3n.<br>4. En el caso de sorteos y\/o concursos, cuyo mecanismo de selecci\u00f3n del(los) ganador(es) sea por medios electr\u00f3nicos, se deber\u00e1 describir el software a utilizar y su funcionamiento.<br>5. Solicitud de certificaci\u00f3n por parte de un Notario P\u00fablico (indicando d\u00eda, hora y lugar del sorteo) la cual debe estar firmada y sellada por la notaria.<br>6. Arte final del cup\u00f3n y de cualquier material publicitario con las siguientes caracter\u00edsticas:<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Fecha de inicio y t\u00e9rmino de la promoci\u00f3n<br>\u2013 Fecha, hora y lugar del sorteo.<br>\u2013 Leyenda: \u00abPromoci\u00f3n autorizada por la SUNDDE\u00bb.<br>\u2013 Se\u00f1al del Cup\u00f3n.<br>\u2013 Bases del sorteo, rifa y\/o concurso.<br>\u2013 Indicar que el sorteo ser\u00e1 certificado por un notario p\u00fablico.<br>\u2013 El notario ser\u00e1 necesario \u00fanicamente para la certificaci\u00f3n de sorteos o entrega de premios cuando la suma del valor de todos los premios sea superior a 100 unidades tributarias.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 19. Obligaci\u00f3n de notificar los ganadores de la promoci\u00f3n, rifa o concurso: En el caso de sorteos, rifas y\/o concursos, la empresa responsable debe notificar posteriormente a la Intendencia de Protecci\u00f3n de los Derechos Socio Econ\u00f3micos los resultados del(los) ganador(es), dentro de los cinco (05) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha de celebraci\u00f3n del sorteo, rifa o concurso.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 20. Alteraci\u00f3n de la promoci\u00f3n autorizada: Cualquier situaci\u00f3n que altere la promoci\u00f3n incluyendo la suspensi\u00f3n por causas de fuerza mayor, mercanc\u00eda agotada, entre otras, debe ser inmediatamente notificada a la Intendencia de Protecci\u00f3n de los Derechos Socio Econ\u00f3micos.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 21. De las Opciones: Si el sujeto de aplicaci\u00f3n de esta providencia administrativa no diere cumplimiento a lo anunciado, las personas podr\u00e1n optar entre:<\/p>\n\n\n\n<p>1. Exigir el cumplimiento de la obligaci\u00f3n en los t\u00e9rminos ofertados.<br>2. Rescindir el contrato si hubiere existido pago anticipado por parte de las personas.<br>3. Exigir el reembolso por el cien por ciento (100%) de lo pagado, en caso de presentarse alguna inconformidad por justa causa con el servicio prestado, el bien o producto adquirido.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 22. De las sanciones: El incumplimiento a las disposiciones previstas en la presente providencia administrativa ser\u00e1 sancionado a tenor de lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org\u00e1nica de Precios Justos.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 23. Entrada en vigencia: La presente providencia administrativa entrar\u00e1 en vigencia a partir de su publicaci\u00f3n en la Gaceta Oficial de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante la creciente cantidad de \u00abemprendedores\u00bb dedicados a la actividad de Rifas, \u00ablegales o no\u00bb creemos necesario dar a conocer las siguientes normas. 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