{"id":3391,"date":"2026-10-04T17:32:51","date_gmt":"2026-10-04T21:32:51","guid":{"rendered":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/?p=3391"},"modified":"2026-10-04T17:39:46","modified_gmt":"2026-10-04T21:39:46","slug":"diarra-no-da-justa-causa-el-caso-lucas-ribeiro-costa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/2026\/10\/04\/diarra-no-da-justa-causa-el-caso-lucas-ribeiro-costa\/","title":{"rendered":"Diarra no da justa causa: el caso Lucas Ribeiro Costa."},"content":{"rendered":"\n<p>Observatorio de Derecho del F\u00fatbol.<\/p>\n\n\n\n<p>Lucas Ribeiro Costa resolvi\u00f3 el 1 de agosto de 2025, de forma unilateral, su contrato con Mamelodi Sundowns, vigente hasta 2028. Invoc\u00f3 justa causa y la sentencia Diarra. FIFA le expidi\u00f3 el certificado internacional y pudo fichar por la Cultural Leonesa mientras el fondo se discut\u00eda. En octubre de 2026, seg\u00fan informaci\u00f3n de prensa no publicada a\u00fan por FIFA, el Tribunal del F\u00fatbol habr\u00eda tenido la ruptura por injustificada y lo habr\u00eda condenado a pagar 4 millones de d\u00f3lares al club sudafricano, en 45 d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>La secuencia es el primer ensayo visible de la reforma posterior a Diarra. Tambi\u00e9n es la prueba de lo que esa sentencia no cambi\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Qu\u00e9 permiti\u00f3 Diarra<\/p>\n\n\n\n<p>El 4 de octubre de 2024, el Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea, en C-650\/22, Lassana Diarra, declar\u00f3 incompatibles con el derecho de la Uni\u00f3n las normas FIFA que hac\u00edan autom\u00e1ticamente responsable al club de destino, lo sancionaban por el solo hecho de fichar al jugador y permit\u00edan retener el certificado internacional mientras el litigio segu\u00eda abierto. FIFA reform\u00f3 el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores. El ITC sale. La carrera no se congela.<\/p>\n\n\n\n<p>Eso fue lo que ocurri\u00f3 aqu\u00ed. Sundowns y la federaci\u00f3n sudafricana se opusieron al certificado. FIFA lo expidi\u00f3. El 31 de agosto de 2025 Ribeiro firm\u00f3 con la Cultural Leonesa y fue inscrito. El abogado era Jean-Louis Dupont, el mismo de Diarra. El fondo qued\u00f3 para el Tribunal del F\u00fatbol, con el TAS como apelaci\u00f3n. Despu\u00e9s el jugador pas\u00f3 al Esp\u00e9rance de T\u00fanez. Ese traslado no cierra la cuenta con el club de origen.<\/p>\n\n\n\n<p>Qu\u00e9 no permiti\u00f3<\/p>\n\n\n\n<p>La justa causa del art\u00edculo 14 sigue siendo un juicio de fondo. Impagos graves, exclusi\u00f3n de la actividad profesional o una conducta del club que haga inexigible continuar pueden justificar la ruptura. Rechazar una oferta no basta.<\/p>\n\n\n\n<p>El relato del jugador era otro. Qatar SC habr\u00eda ofrecido una cifra superior a su valoraci\u00f3n y Sundowns habr\u00eda subido el precio hasta impedir el traspaso. Un club puede negociar el precio de un contrato que le pertenece. Para convertir esa negociaci\u00f3n en justa causa hay que probar que la negativa fue abusiva y que no quedaba una salida razonable. Si la informaci\u00f3n es exacta, el Tribunal no lo tuvo por probado.<\/p>\n\n\n\n<p>Tampoco cay\u00f3 el art\u00edculo 17. Quien rompe sin justa causa debe la indemnizaci\u00f3n. El c\u00e1lculo mira el valor residual, el tiempo que faltaba y el da\u00f1o. Cuatro millones, con casi tres temporadas por delante y despu\u00e9s de una temporada en la que fue el mejor jugador de la liga sudafricana, es una cifra alta, no una cifra inexplicable. Sin la motivaci\u00f3n no se sabe si se descont\u00f3 lo pagado por los clubes posteriores ni si se aplic\u00f3 el criterio de la reforma posterior a Diarra.<\/p>\n\n\n\n<p>La otra mitad del art\u00edculo 17 queda abierta. Si la ruptura cae en el periodo protegido, el club que fich\u00f3 al jugador puede responder de forma solidaria, y arriesgar una sanci\u00f3n deportiva, solo si indujo la ruptura. Diarra prohibi\u00f3 el automatismo. No prohibi\u00f3 la solidaridad por inducci\u00f3n. Leonesa sostuvo que el procedimiento no la alcanzaba. Eso era cierto mientras no hubiera condena.<\/p>\n\n\n\n<p>Qu\u00e9 falta por ver<\/p>\n\n\n\n<p>El fallo no est\u00e1 publicado. Los 4 millones y los 45 d\u00edas circulan en prensa africana y en el entorno del jugador. El plazo de 45 d\u00edas es el de una condena dineraria de FIFA: vencido sin pago, el acreedor puede pedir la prohibici\u00f3n de inscribir y, m\u00e1s adelante, acudir al Comit\u00e9 de Disciplina. La v\u00eda al TAS sigue abierta durante 21 d\u00edas desde la notificaci\u00f3n, si ese plazo no ha corrido ya.<\/p>\n\n\n\n<p>La lectura para clubes y jugadores es estrecha. Diarra separ\u00f3 la inscripci\u00f3n del fondo. El fondo se gana o se pierde con la justa causa. Romper para forzar un traspaso, e invocar la sentencia europea como si fuera un permiso, deja la indemnizaci\u00f3n intacta y puede alcanzar al club de destino.<\/p>\n\n\n\n<p>Abg. Maria Gabriela Rivas. Directora Observatorio Derecho del F\u00fatbol Abint Abogados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Observatorio de Derecho del F\u00fatbol. Lucas Ribeiro Costa resolvi\u00f3 el 1 de agosto de 2025, de forma unilateral, su contrato con Mamelodi Sundowns, vigente hasta 2028. Invoc\u00f3 justa causa y la sentencia Diarra. FIFA le expidi\u00f3 el certificado internacional y pudo fichar por la Cultural Leonesa mientras el fondo se discut\u00eda. 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