{"id":406,"date":"2015-01-12T17:32:05","date_gmt":"2015-01-12T17:32:05","guid":{"rendered":"http:\/\/www.abintabogados.com\/web\/?p=406"},"modified":"2015-01-12T17:33:32","modified_gmt":"2015-01-12T17:33:32","slug":"decreto-de-inamovilidad-laboral-a-favor-de-los-trabajadores-y-trabajadoras-del-sector-privado-y-del-sector-publico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/2015\/01\/12\/decreto-de-inamovilidad-laboral-a-favor-de-los-trabajadores-y-trabajadoras-del-sector-privado-y-del-sector-publico\/","title":{"rendered":"Decreto de Inamovilidad laboral a favor de los trabajadores y trabajadoras del sector privado y del sector p\u00fablico."},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Mediante Gaceta Oficial N\u00b0 6.168 Extraordinario del 30 de diciembre de 2014 se public\u00f3 el Decreto N\u00b0 1.583 de la misma fecha, mediante el cual se establece la inamovilidad laboral a favor de los trabajadores y trabajadoras del sector privado y del sector p\u00fablico regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org\u00e1nica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (\u201cLOTTT\u201d), entre el primero (1\u00b0) de enero de dos mil quince (2015) y el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil quince (2015), ambas fechas inclusive (en lo sucesivo \u201cEl Decreto de Inamovilidad\u201d).<\/p>\n<p><b>1)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/b><b>Inamovilidad laboral <\/b><\/p>\n<p>Se establece la inamovilidad laboral a favor de los trabajadores y trabajadoras del sector privado y del sector p\u00fablico regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org\u00e1nica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, entre el primero (1\u00b0) de enero de dos mil quince (2015) y el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil quince (2015), ambas fechas inclusive, a fin del proteger el derecho al trabajo como proceso fundamental que permite la promoci\u00f3n de la prosperidad, el bienestar del pueblo y la construcci\u00f3n de una sociedad justa y amante de la paz. (Art\u00edculo 1).<\/p>\n<p><b>2)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/b><b>Prohibici\u00f3n de despido, desmejora o traslado<\/b><\/p>\n<p>Los trabajadores amparados por El Decreto de Inamovilidad no podr\u00e1n ser despedidos, desmejorados o trasladados sin justa causa calificada previamente por en Inspector del Trabajo de la jurisdicci\u00f3n, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 422 de la LOTTT. (Art\u00edculo 2).<\/p>\n<p>En caso de que el trabajador protegido por El Decreto de Inamovilidad sea despedido o desmejorado sin justa causa, o bien trasladado sin su consentimiento, podr\u00e1 denunciar el hecho dentro de los treinta (30) d\u00edas continuos siguientes ante el Inspector del Trabajo de la jurisdicci\u00f3n y solicitar el reenganche y el pago de los salarios ca\u00eddos, as\u00ed como los dem\u00e1s beneficios dejados de percibir; o la restituci\u00f3n de la situaci\u00f3n jur\u00eddica infringida, seg\u00fan el procedimiento establecido en el art\u00edculo 425 de la LOTTT.<\/p>\n<p>El Decreto de Inamovilidad no excluye la posibilidad de celebrar convenios o acuerdos entre patronos y trabajadores para lograr la reducci\u00f3n personal o la modificaci\u00f3n de las condiciones de trabajo mediante el procedimiento de negociaci\u00f3n colectiva voluntaria establecido en el ordenamiento jur\u00eddico vigente. (Art\u00edculo 3).<\/p>\n<p><b>3)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/b><b>Del tr\u00e1mite preferente de los procedimientos administrativos de inamovilidad laboral <\/b><\/p>\n<p>Los Inspectores del Trabajo tramitar\u00e1n, con preferencia a cualquier asunto, los procedimientos derivados de la inmovilidad laboral consagrada en el Decreto de Inamovilidad y proceder\u00e1n con la mayor eficiencia y eficacia en salvaguarda y protecci\u00f3n de los derechos laborales. (Art\u00edculo 4).<\/p>\n<p><b>4)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/b><b>Sujetos de Protecci\u00f3n<\/b><\/p>\n<p>De acuerdo a lo establecido en el art\u00edculo 5 de El Decreto de Inamovilidad, gozar\u00e1n de protecci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Los trabajadores contratados a tiempo indeterminado a partir de un (1) mes al servicio de un patrono;<\/li>\n<li>Los trabajadores contratados por tiempo determinado mientras no haya vencido el t\u00e9rmino establecido en el contrato;<\/li>\n<li>Los trabajadores contratados para una obra determinada mientras no haya concluido la totalidad o parte de la misma que constituya su obligaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Quedan exentos de la aplicaci\u00f3n de El Decreto de Inamovilidad los trabajadores que ejerzan cargos de direcci\u00f3n y los trabajadores de temporada u ocasionales.<\/p>\n<p>La estabilidad de los funcionarios p\u00fablicos se regir\u00e1 por las normas de protecci\u00f3n contenidas en la Ley del Estatuto de la Funci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p><b>5)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/b><b>Prohibici\u00f3n del patrono<\/b><\/p>\n<p>Al patrono que obstaculice o desacate la orden de reenganche y restituci\u00f3n de la situaci\u00f3n jur\u00eddica infringida de un trabajador protegido por la inamovilidad laboral, se le impondr\u00e1n las medidas y sanciones previstas en la ley.<\/p>\n<p>Los Tribunales del Trabajo no dar\u00e1n curso a recursos administrativos de nulidad hasta tanto se cumpla la orden de reenganche y la restituci\u00f3n de la situaci\u00f3n jur\u00eddica infringida, conforme lo establece la LOTTT (Art\u00edculo 6).<\/p>\n<p><b>6)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/b><b>De la Ejecuci\u00f3n de El Decreto de Inamovilidad <\/b><\/p>\n<p>El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo queda encargado de la ejecuci\u00f3n de El Decreto de Inmovilidad (Art\u00edculo 7).<\/p>\n<p><b>7)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/b><b>Vigencia<\/b><\/p>\n<p>El Decreto entr\u00f3 en vigencia a partir del primero (1\u00b0) de enero de dos mil quince (2015).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mediante Gaceta Oficial N\u00b0 6.168 Extraordinario del 30 de diciembre de 2014 se public\u00f3 el Decreto N\u00b0 1.583 de la misma fecha, mediante el cual se establece la inamovilidad laboral a favor de los trabajadores y trabajadoras del sector privado y del sector p\u00fablico regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org\u00e1nica del Trabajo, los Trabajadores [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/406"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=406"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/406\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":407,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/406\/revisions\/407"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=406"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=406"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=406"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}