{"id":876,"date":"2017-06-07T13:10:00","date_gmt":"2017-06-07T13:10:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.abintabogados.com\/web\/?p=876"},"modified":"2017-06-07T13:10:00","modified_gmt":"2017-06-07T13:10:00","slug":"la-objecion-de-conciencia-y-la-prueba-de-testigos-ante-un-tribunal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/2017\/06\/07\/la-objecion-de-conciencia-y-la-prueba-de-testigos-ante-un-tribunal\/","title":{"rendered":"LA OBJECION DE CONCIENCIA Y LA PRUEBA DE TESTIGOS ANTE UN TRIBUNAL."},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Dentro de los procedimientos civiles, se practica con gran continuidad, la prueba de testigos, lo cual trata de llevar frente a un Juez\u00a0 a una persona para declarar sobre un tema en especifico con las preguntas que ser\u00e1n realizadas por la parte promovente y de la misma manera ser\u00e1 repreguntado por la contraparte, de esta manera el art\u00edculo 486 establece lo siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<b>Art\u00edculo 486.- El testigo antes de contestar prestar\u00e1 juramento de decir verdad y declarar\u00e1 su nombre y apellido, edad, estado, profesi\u00f3n y domicilio y si tiene impedimento para declarar, a cuyo efecto se le leer\u00e1n los correspondientes art\u00edculos de esta secci\u00f3n.<\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Juramento, del lat\u00edn juramentum, del prefijo jurare, que significa jurar y el sufijo amentum, es decir acci\u00f3n de. El vocablo adquiere el significado de declaraci\u00f3n solemne que se hace invocado a una deidad. En el idioma espa\u00f1ol significa: \u2018Afirmaci\u00f3n o negaci\u00f3n de una cosa, poniendo por testigo a Dios, o en s\u00ed mismo, o en sus criaturas.\u2019\u00a0Seg\u00fan La Real Academia Espa\u00f1ola. De esta manera el art\u00edculo 425 del C\u00f3digo de Procedimiento Civil, refiri\u00e9ndose al Juramento decisorio, establece la forma en la que prestara juramento en este acto de testigo la persona de la siguiente manera<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><b><i>Art\u00edculo 425\u00a0 En el acto de prestaci\u00f3n de juramento, la persona que deba prestarlo deber\u00e1 hacerlo en acto p\u00fablico, observando los ritos de la religi\u00f3n que profese, y circunscribi\u00e9ndose en su contestaci\u00f3n a los t\u00e9rminos estrictos de la f\u00f3rmula establecida, sin razonamiento, objeciones, ni digresiones.\u00a0\u00a0 Si requerido por el Juez a ce\u00f1irse en su prestaci\u00f3n a la f\u00f3rmula, no lo hiciere, se considerar\u00e1 que ha rehusado el juramento, para todos los efectos de ley.\u00a0\u00a0 Si quien deba prestar el juramento no lo hiciere por alegar que no profesa ninguna religi\u00f3n, se le admitir\u00e1 el juramento por su honor y su conciencia y si a\u00fan no lo prestare, se tendr\u00e1 como si lo hubiese rehusado, para todos los efectos de ley. \u00a0<\/i><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De acuerdo al art\u00edculo anterior la persona que sea llevada ante un tribunal para presentar su testimonio, debe ser juramentada y participar la religi\u00f3n que profese para as\u00ed proceder al juramento pertinente, respetando su culto, en este sentido, \u00bfqu\u00e9 pasa con las personas que son Testigos de Jehov\u00e1, y seg\u00fan su religi\u00f3n no juran?, adentr\u00e1ndonos un poco m\u00e1s a lo religioso, \u00bfpor qu\u00e9 sucede esto? Bueno,\u00a0dice Jes\u00fas para las personas Testigos de Jehov\u00e1:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<b>\u00a0-Ustedes deben ser tan honestos y trasparentes que no deben tener necesidad de ratificar lo que prometen o dicen por medio de alg\u00fan juramento de cualquier tipo. Por eso, su hablar debe ser: S\u00ed, s\u00ed; no, no. La meta de nuestro hablar debe ser tal que lo que yo diga s\u00ed, significa s\u00ed. Lo que yo diga no, significa no. El Se\u00f1or est\u00e1 demandando que el hablar de uno sea tan digno de credibilidad que nadie tenga que debatir acerca de lo que quisimos decir. En esencia, Dios quiere que seamos tan honestos y ver\u00eddicos que de ninguna manera se haga necesario alg\u00fan juramento para hacer que la gente crea lo que decimos-<\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por esto Usted habr\u00e1 o\u00eddo que un creyente no debe jurar. Lo malo no est\u00e1 en el hecho de jurar, sino en el hecho de tener que recurrir a un juramento para que la gente crea que lo que est\u00e1 diciendo es la verdad. Vistas las cosas de este modo, se desvanece toda aparente contradicci\u00f3n entre la ense\u00f1anza del Antiguo Testamento sobre los juramentos y la ense\u00f1anza de Jes\u00fas acerca del mismo asunto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De esta manera, que sucede con el testigo que es Testigo de Jehov\u00e1 y no puede jurar, su religi\u00f3n no se lo permite, y por ende por ser un requisito \u201csine qua non\u201d en el Procedimiento Civil, este puede ser objeto de una incidencia dentro del procedimiento de acto de Testigos, y de la misma manera de apelaci\u00f3n. El art\u00edculo 59 de la constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela establece:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><b>Art\u00edcul<\/b><b>o<\/b><b>\u00a0<\/b><b>59.<\/b><b>\u00a0<\/b><b>El Estado garantizar\u00e1 la libertad de religi\u00f3n y de culto. Toda persona tiene derecho a profesar su fe religiosa y cultos y a manifestar sus creencias en privado o en p\u00fablico, mediante la ense\u00f1anza u otras pr\u00e1cticas, siempre que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden p\u00fablico. Se garantiza, as\u00ed mismo, la independencia y la autonom\u00eda de las iglesias y confesiones religiosas, sin m\u00e1s limitaciones que las derivadas de esta Constituci\u00f3n y de la ley. El padre y la madre tienen derecho a que sus hijos o hijas reciban la educaci\u00f3n religiosa que est\u00e9 de acuerdo con sus convicciones.<\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De la misma manera el art\u00edculo 61 ejusdem establece:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<b>Art\u00edcul<\/b><b>o<\/b><b>\u00a0<\/b><b>61.<\/b><b>\u00a0<\/b><b>Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y a manifestarla, salvo que su pr\u00e1ctica afecte su personalidad o constituya delito. La objeci\u00f3n de conciencia no puede invocarse para eludir el cumplimiento de la ley o impedir a otros su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos.<\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es por esto que al Estado velar por la libertad de culto, respetarla y reconocerla, y de la misma manera contempla que debido a su libertad, no puede invocarse para eludir el cumplimiento de la ley o el ejercicio de sus derechos, no se le puede privar a esta persona de cumplir un testimonio para el cual fue llamada, y fue de manera voluntaria sin presentar ning\u00fan inconveniente ni de coacci\u00f3n a su persona para asistir, siendo que la justicia se debe adecuar a las creencias de las personas tal como lo establece el art\u00edculo 425 del C\u00f3digo De Procedimiento Civil, cuando se refiere a las personas que no profesen ninguna religi\u00f3n, en este caso a los testigos de Jehov\u00e1 no se les est\u00e1 permitido mentir y hacer prometer seria una de las soluciones pertinentes para as\u00ed no privar de ejercer su derecho, ya que podr\u00eda ser una de las razones claves para el procedimiento a decidir. Si bien lo establece el art\u00edculo 21 de la constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><b>Art\u00edculo<\/b><b>\u00a0<\/b><b>21.<\/b><b>\u00a0<\/b><b>Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia:<\/b><b><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><b>1.<\/b><b>\u00a0<\/b><b>No se permitir\u00e1n discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condici\u00f3n social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.<\/b><b><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><b>2.<\/b><b>\u00a0<\/b><b>La ley garantizar\u00e1 las condiciones jur\u00eddicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptar\u00e1 medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; proteger\u00e1 especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionar\u00e1 los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.<\/b><b><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><b>3.<\/b><b>\u00a0<\/b><b>S\u00f3lo se dar\u00e1 el trato oficial de ciudadano o ciudadana, salvo las f\u00f3rmulas diplom\u00e1ticas.<\/b><b><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><b>4.<\/b><b>\u00a0<\/b><b>No se reconocen t\u00edtulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.<\/b><b><\/b><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De esta manera, tambi\u00e9n lo establece la Sala Constitucional con anterioridad que el principio de igualdad implica un trato igual para quienes se encuentren en situaci\u00f3n de igualdad -igualdad como equiparaci\u00f3n-, y un trato desigual para quienes se encuentren en situaci\u00f3n de desigualdad -igualdad como diferenciaci\u00f3n- (sentencia n\u00famero 266\/2006, de 17 de febrero). En este \u00faltimo supuesto, para lograr justificar el divergente tratamiento que se pretenda aplicar, el establecimiento de las diferencias debe ser llevado a cabo con base en motivos objetivos, razonables y congruentes. De lo anterior se desprende que no resulta correcto conferirle un tratamiento desigual a supuestos f\u00e1cticos que ostenten un contenido semejante y que posean un marco jur\u00eddico equiparable, pero debe aclararse que igualdad no constituye sin\u00f3nimo de identidad, por lo que tambi\u00e9n ser\u00eda violatorio del principio de igualdad darle un tratamiento igualitario a supuestos que sean\u00a0 distintos. En otras palabras,\u00a0no se debe asimilar a los distintos, y no se deben establecer diferencias entre los iguales\u00a0(sentencia n\u00b0 266\/2006, de 17 de febrero).<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\">Abog.<\/span><span style=\"text-decoration: underline;\">\u00a0Karla\u00a0<\/span><span style=\"text-decoration: underline;\">G. Bonilla R.<\/span><br \/>\nAbogados Integrales SC.<br \/>\n0276-3469254<br \/>\n0426-8794339<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dentro de los procedimientos civiles, se practica con gran continuidad, la prueba de testigos, lo cual trata de llevar frente a un Juez\u00a0 a una persona para declarar sobre un tema en especifico con las preguntas que ser\u00e1n realizadas por la parte promovente y de la misma manera ser\u00e1 repreguntado por la contraparte, de esta manera el art\u00edculo 486 establece [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/876"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=876"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/876\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":877,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/876\/revisions\/877"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=876"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=876"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.abintabogados.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=876"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}