
El derecho de sucesiones enfrenta hoy escenarios cada vez más complejos como consecuencia de la transformación de los modelos familiares. Parejas de hecho, segundas nupcias y familias reconstituidas, lejos de ser excepciones, se han convertido en una realidad frecuente que tensiona las reglas tradicionales de la herencia, especialmente cuando no existe una adecuada planificación patrimonial.
Uno de los principales focos de conflicto surge con las parejas de hecho, ya que, en muchos ordenamientos, su reconocimiento sucesorio no es automático. La ausencia de testamento o de una correcta formalización de la convivencia puede dejar al sobreviviente en una situación de clara desprotección frente a hijos o herederos del causante.
Las segundas nupcias añaden una capa adicional de complejidad. La coexistencia de un nuevo cónyuge con hijos de relaciones anteriores suele generar disputas sobre legítimas, usufructos y derechos de uso, que pueden derivar en largos procesos judiciales si no se prevén soluciones claras en vida.
El panorama se agrava cuando existe patrimonio internacional, como bienes inmuebles o cuentas en distintos países. En estos casos, entran en juego normas de derecho internacional privado, posibles conflictos de leyes y, en Europa, la aplicación del Reglamento (UE) 650/2012, lo que exige una visión técnica y coordinada de la sucesión.
Ante esta “tormenta perfecta”, la clave está en la planificación sucesoria anticipada: otorgar testamento, definir la ley aplicable, ordenar el patrimonio y buscar asesoría especializada. Solo así es posible evitar conflictos familiares y garantizar que la voluntad del causante se cumpla de forma eficaz y justa.