
La Corte sentó jurisprudencia para fallar, en casos similares, ‘con perspectiva etaria’.
La mujer había sido condenada por el delito de omisión del agente retenedor o recaudador, al incumplir sus obligaciones como representante legal de una empresa, consistente en tributar mensualmente los dineros recaudados por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a favor de la Dian. Según la investigación, dichos recursos dejaron de ser consignados en determinados periodos, generando una deuda superior a los 56 millones de pesos.
La Sala determinó que la mujer podrá cumplir la pena en su residencia, previa suscripción de un compromiso y el otorgamiento de una caución equivalente a un salario mínimo mensual vigente. Así mismo, advirtió que “en consideración a su edad, es necesario que cuente con todos y cada uno de los permisos que requiera para su atención médica, y que el Inpec realice la reseña y demás procedimientos administrativos del caso en la casa de la condenada, y no en un centro carcelario.